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Aprueba Congreso de Michoacán reforma para brindar financiamiento a comunidades con alto índice de emigración

Morelia, Michoacán, 17 de marzo de 2022. Con el propósito de fortalecer los esquemas de financiamiento para las comunidades con elevados índices de emigración y marginación, las diputadas y diputados de la 75 Legislatura aprobaron reformas a la Ley de Financiamiento Rural y a la Ley de Desarrollo Rural.

 

El dictamen presentado por las comisiones unidas de Desarrollo Rural y de Desarrollo Social, tiene como finalidad impulsar programas que permitan la promoción de los derechos humanos de los migrantes, ampliando las oportunidades para que los municipios y comunidades con elevados índices de emigración y de alta y muy alta marginación dispongan de recursos financieros accesibles.

 

En ese sentido, el Pleno del Congreso de Michoacán aprobó la reforma a los artículos 10 y la fracción I del artículo 14, de la Ley de Financiamiento Rural, para que la Secretaría de Desarrollo Rural por medio del Sistema Estatal de Financiamiento gestione el establecimiento de oficinas, sucursales y ventanillas bancarias, en municipios y comunidades con elevados niveles de emigración y de alta y muy alta marginación que no cuenten con servicios bancarios y financieros.

 

Asimismo, deberá incluir a las comunidades con elevados niveles de emigración en el Programa Estatal de Financiamiento Rural, que tiene como propósito definir, concertar, impulsar, coordinar y evaluar las acciones a realizar en materia de financiamiento rural.

 

De igual forma, se reforman los artículos 28 y 29 de la Ley de Desarrollo Social para considerar como zonas de atención prioritaria las áreas o regiones que sean de carácter predominantemente rural o urbano, cuya población registre índices de pobreza, emigración, marginación y rezago.

 

De esta manera, las dependencias en la materia, deberán revisar y actualizar anualmente las zonas de atención prioritaria, teniendo como referente las evaluaciones de resultados y los estudios de medición de la pobreza que emita el CONEVAL, el Consejo Nacional de Población y los datos estadísticos de emigración que genere el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, así como las recomendaciones del Consejo Consultivo, para ajustar asignaciones correspondientes en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Estado.

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