Morelia, Michoacán a 18 de Julio de 2024. Para darle una mejor utilidad a las áreas de donación en Michoacán, el Pleno de la 75 Legislatura modificó el marco legal que permitirá ahora el uso de esos espacios como áreas verdes, escuelas, canchas, casas de la cultura y clínicas entre otros, para lo cual se deberá dotar de inmediato de sus respectivas escrituras.
Las y los diputados votaron a favor de las reformas a los artículos 297 y 392 del Código de Desarrollo Urbano del Estado de Michoacán de Ocampo, mediante las cuales se busca dar mayor claridad a la autoridad sobre el uso del área donada.
Las modificaciones establecen que se le tiene que dotar inmediatamente de escrituras; ahí radica la importancia de la reforma frente a un comportamiento indiferente que llega a detectarse por parte de los fraccionadores, que se antepone al bienestar de los ciudadanos de los municipios, lo que vulnera el eje rector de la sociedad.
Las y los diputados locales, coincidieron en que las áreas de donación tienen una función sustancial dentro de la ley, puesto que vienen a complementar una función recreativa, ecológica, de esparcimiento y de prestación de servicios básicos para una comunidad.
Con esta legislación, se busca erradicar la vieja práctica de que las áreas de donación se conviertan en un blanco de invasión y despojo que los gobiernos municipales y el Gobierno del Estado, no ha logrado resolver en su totalidad.
Ello, toda vez que son espacios de terreno destinados a equipamiento urbano y áreas verdes que constantemente son el blanco de conflictos entre la autoridad y el particular.