Morelia, Michoacán a 03 de Diciembre de 2020. En Michoacán se sancionará la falta de entrega de los informes trimestrales de la cuenta pública, tras la aprobación por el Pleno de la LXXIV Legislatura Local de la iniciativa de reforma que impulsó la diputada Miriam Tinoco Soto.
Al avalarse las reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán, se establece que el no entregar uno de los informes trimestrales relativos a la cuenta pública, será motivo de sanción para los servidores públicos responsables.
“La sanción será para los responsables de que no se entregue uno de los informes trimestrales relativos a la cuenta pública; para efectos de la presente ley, se tendrá por no entregado el informe que carezca de la totalidad de los estados financieros y demás información presupuestaria, programática y contable señalada por la normatividad de fiscalización, rendición de cuentas y contabilidad gubernamental vigente y la información complementaria que determine la Auditoría Superior de Michoacán; de igual forma se tendrá por no entregado el informe que se entregue fuera de los plazos legales”.
En ese sentido, el Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas propuestas por Miriam Tinoco, en las que se especifica que la falta de entrega de los informes trimestrales se producirá por no rendirse al Congreso del Estado o en su caso, por la falta de entrega del servidor público responsable a la Secretaría de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado o a las tesorerías municipales para su formulación.
La coordinadora de la Representación Parlamentaria en la LXXIV Legislatura Local dijo que se tendrá por desacato cuando el servidor público responsable no haga entrega de dos o más informes trimestrales o la cuenta pública al Congreso, o a los responsables de su formulación, los rinda sin la totalidad de las características señaladas por la ley y la información complementaria que determine la Auditoría Superior de Michoacán o lo haga fuera de los plazos legales.
“La falta de entrega de la cuenta pública o de sus informes trimestrales, constituye una obstrucción a la potestad soberana de este Poder de revisar, fiscalizar y dictaminar las cuentas públicas, a la facultad constitucional de solicitar la rendición de cuentas e informar de ello”.
Miriam Tinoco recordó que el incumplimiento en mención, no estaba considerado en la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, por ello, dentro de las reformas que propuso y hoy fueron aprobadas se establecieron sanciones que van desde la inhabilitación, suspensión y destitución del cargo para todos aquellos que no entreguen dicha información.
En ese contexto, la legisladora recalcó que, si no se entrega la información de la cuenta pública, no es posible conocer la información financiera de ayuntamientos, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con lo que no se puede conocer la situación financiera real, por lo que eran indispensables estas reformas con lo que se avanza en el combate a la corrupción, pues quien no cumpla será sancionado.